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Se reitera a los
señores criadores de S.P.C. que no se recibirán inscripciones de productos cuyos padres y madres no tengan
realizado el correspondiente examen de ADN.
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Por lo tanto, se
advierte a propietarios de yeguas madre que requieran el servicio de padrillos de
propiedad de terceros, se cercioren
previamente ante el Stud Book
Uruguayo, el cumplimiento del requisito de control de ADN del semental contratado.
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Asimismo, a
partir del día 3 de noviembre de 2008 no se admite la inscripción de productos de
padre o madre que hubieren muerto
previo a su examen de ADN, cuya muerte no haya sido comunicada al Stud Book Uruguayo en el
plazo de tres (3) días hábiles contados
desde el día siguiente al del deceso.