Informaciones de Interés
 
Datos actualizados a 03-12-2008
ESTA PAGINA
  • Constituye el órgano oficial del Stud Book Uruguayo, que fuera creado por Decreto del Poder Ejecutivo el 22 de Marzo de 1890, ante "... la necesidad de dar unidad a los registros y autenticar las procedencias de las razas de caballos de carrera, como medio apropiado para fomentar una conveniente selección que pueda acreditarse fácilmente...".

    Estamos incorporando nuestro "Volumen en Línea", para el cual hemos tomando como punto de partida la generación 1993, que incluye a ejemplares nacidos en el país e importados, desarrollando el pedigrée de 4 generaciones como mínimo. La búsqueda podrá canalizarse desde "Indice General" o "Yeguas madres y sus crías".

    Siguiendo los indicadores también se podrá acceder al pedigrée de los reproductores (padrillos y yeguas madres), ofreciéndose asimismo la posibilidad de desarrollar listados de la totalidad de sus descendientes dentro del período 1993-2005.

    Debemos dejar constancia que el material es tan extenso como dinámico, por lo que aún podrán notarse algunas carencias las que irán superándose paulatinamente, dado que estaremos realizando actualizaciones en forma permanente.


  • INFORMACION
  • Ponemos en conocimiento de los usuarios que dentro del link "Información", podrá encontrarse un apartado desde donde se podrá llegar e imprimir los formularios que permiten realizar los distintos tramites (transferencias, autorizaciones, nacimiento, declaración de servicios, etc.), los que se podrán imprimir para luego remitirlos al Stud Book Uruguayo, según las instrucciones que figuran en el mismo rubro, adjuntando el pago correspondiente según la tarifa vigente.
  • EL STUD BOOK HOY
  • En la actualidad, es responsabilidad del Stud Book el registro de todos los caballos Sangre Pura de Carrera, sean nacidos en el país o importados; de su identificación, ya sea por conducto de reseñas, de tipificación sanguínea y/o ADN; de la documentación que establece la propiedad de los mismos y además de la titularidad de caballerizas y colores.
  • PLAZOS
  • De acuerdo a la reglamentación vigente, los servicios de reproductores realizados durante el segundo semestre de cada año, deberán registrarse antes del 31 de enero del año entrante, mientras que el plazo para los realizados en el primer semestre (tiempo europeo), vence cada 31 de julio.
    La inscripción de productos deberá solicitarse dentro del lapso de 40 días a partir del nacimiento.
  • RECOMENDACIONES
  • Se recomienda a los señores criadores tener especial cuidado con relación a la titularidad de las yeguas madres, en virtud de que el producto en el momento de ser inscripto queda, automáticamente, a nombre del propietario de su madre.
    Con relación a los padrillos que ingresan a la reproducción, deberán contar con la correspondiente constancia de haber sido tipificados (Bloodtyped - ADN).